Un médico aclara que «las mediciones en la mayoría de dispositivos deben hacerse a una distancia menor a 40 centímetros, por lo que las realizadas a más distancia pueden ofrecer temperaturas erróneas, cercanas a la hipotermia». Armenteros cuestiona que en una empresa o un comercio, con un termómetro manual y de calidad no profesional, se estén haciendo las mediciones correctamente.
Jordi Sabaté
Madrid, 14 de mayo (ElDiario.es).- Penélope, lectora y socia de eldiario.es, nos remite el siguiente texto: «en estos días en los que se mide la temperatura en los trabajos tengo una duda: ¿mide el termómetro infrarrojo las mismas temperaturas que el de mercurio o el digital? Lo pregunto por que en el trabajo están midiendo la temperatura al entrar con un termómetro infrarrojo y está dando unas mediciones de 33°-35°, lo que en una persona normal sería hipotermia. ¿Está bien esa medida? Con el termómetro digital de casa las medidas son más normales (36-37°). Me gustaría saber si nos están midiendo bien y estamos seguros«.
Por su parte Laura, también lectora y socia, nos hace la siguiente reflexión: «vivo en la Comunidad Canaria y aquí una conocida cadena de supermercados ha empezado a tomar la temperatura a las personas que acuden a comprar. Algunos de mis conocidos aplauden la medida, a otros nos parece que puede ser ilegal recabar datos sobre nuestra salud, además de ser inútil debido a que individuos asintomáticos portadores del virus pasarían ese control. Mi pregunta es: ¿nos pueden obligar a tomar la temperatura? ¿si no es así qué vías tenemos para denunciar esto?».
Hablamos del termómetro de infrarrojos cuando publicamos ¿Cuál es el sitio correcto para tomar la temperatura corporal?. En aquella ocasión explicamos que constituyen una alternativa que elimina el problema del contacto corporal para el muestro de la temperatura. También que nacieron como una herramienta industrial para medir objetos a grandes temperaturas, pero algunos fabricantes han adaptado modelos para la medición en seres humanos.
NO TODOS LOS TERMOMETROS INFRARROJOS SON IGUALES
Para responder a las preguntas de nuestras socias nos hemos puesto en contacto con el doctor Lorenzo Armenteros, portavoz de Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG), que nos ha explicado que en esencia, los termómetros de infrarrojos se basan en una sonda que capta la emisión de energía en forma de rayos infrarrojos de la materia, y la interpreta en forma de grados de temperatura.
«Se utilizan mucho en bebés porque permite hacer mediciones sin despertar al recién nacido, simplemente acercando el dispositivo a la frente o a la oreja», explica Armenteros, que añade que «muchas veces se les llama erróneamente ‘termómetros láser’ porque disparan un puntero láser de baja intensidad con el fin de que podamos apuntar mejor a la zona donde queramos efectuar la medición».
Respecto a las dudas sobre su precisión, el portavoz de la SEMG explica que «hay muchas marcas de termómetros de este tipo, desde los que valen 10 euros hasta los profesionales de 500 euros, y este hecho sin duda influye en su sensibilidad y la veracidad de las mediciones; además, la norma es que las mediciones deben realizarse ateniéndose estrictamente a las recomendaciones del fabricante, ya que de otro modo la medición no es fiable».
SI NO SE HACE BIEN NO SIRVE
En este sentido, el médico aclara que «las mediciones en la mayoría de dispositivos deben hacerse a una distancia menor a 40 cm, por lo que las realizadas a más distancia pueden ofrecer temperaturas erróneas, cercanas a la hipotermia». Armenteros cuestiona que en una empresa o un comercio, con un termómetro manual y de calidad no profesional, se estén haciendo las mediciones correctamente.
«Cuando las mediciones se han hecho en China o en Corea, la persona que las hacía iba protegida con un EPI, por lo que podía estar cerca; aquí la falta de material obliga a mantener la distancia de seguridad y esto propicia mediciones irreales». Además explica que pueden intervenir otros factores en el resultado de la medición.
Se refiere a «la temperatura ambiental, si la persona suda o los cambios vasculares», y estos elementos solo pueden ser ponderados por los termómetros más caros, que cuentan con algoritmos complejos de corrección. «Siemens está en este momento fabricando un súper termómetro que podrá ser usado en aeropuertos o centros comerciales en el futuro», apostilla el galeno.
Finalmente Armenteros, que explica que es un sistema de medición para consultas médicas pero que un modelo de calidad resulta caro para un hogar, ya que no tiene mejor precisión que otro digital, reseña, como hace nuestra socia Laure, que «se trata de una medida de control que no distingue asintomáticos ni recién infectados, que presentan una alta contagiosidad, por lo que como medida de prevención es muy relativa.
«Además», termina el representante de la SEMG, «estamos viendo que la fiebre no es el síntoma principal de esta enfermedad, que no se da en la mayoría de los casos, puesto que sospechamos que el nivel de asintomáticos es muy alto; pero aun así se ha utilizado en anteriores pandemia: SARS, Gripe A o Ébola».
¿SON LEGALES ESTAS MEDICIONES?
Para responder a la pregunta de si son legales este tipo de mediciones, tanto en el ámbito de trabajo como en el de los comercios y grandes superficies, hemos contactado con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que nos ha remitido en el ámbito laboral, al apartado 18/18 de sus preguntas frecuentes, que lleva el título de: «¿El personal de seguridad puede tomar la temperatura a los trabajadores con el fin de detectar casos coronavirus?»
En el mismo se responde que: «verificar si el estado de salud de las personas trabajadoras puede constituir un peligro para ellas mismas, para el resto del personal, o para otras personas relacionadas con la empresa constituye una medida relacionada con la vigilancia de la salud de los trabajadores que, conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, resulta obligatoria para el empleador y debería ser realizada por personal sanitario.
En todo caso, el tratamiento de los datos obtenidos a partir de las tomas de temperatura debe respetar la normativa de protección de datos y, por ello y entre otras obligaciones, debe obedecer a la finalidad específica de contener la propagación del coronavirus, limitarse a esa finalidad y no extenderse a otras distintas, y mantenidos no más del tiempo necesario para la finalidad para la que se recaban».
En cuanto a la medición en clientes de comercios, nos explican que dependerá del modo en que se efectúen las mediciones: si se hacen en la zona de videovigilancia o no, si sirven para permitir o no la entrada de una persona en el interior del comercio y si se reclaman, o no, datos adicionales a la persona. En principio deben hacerse en la zona de videovigilancia para que se registre la medición y la misma debe ser anónima, no estando el cliente obligado a proporcionar datos adicionales.